DICTAMENES APROBADOS EN LA LX LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que expide la Ley Reglamentaria de la Fracción VI del Artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Febrero-2008
- Gobernación

Fecha de dictamen:
8-Febrero-2007

Publicación en el DOF:
31-Agosto-2007
Aprueba en sus términos la minuta remitida por el Senado de la República por el cual se pretende establecer y regular los casos en los cuales la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión asumirá el conocimiento de las cuestiones políticas que surjan entre los poderes de un Estado, así como también prever las bases según las cuales conocerá de ellas, y regular el proceso a través del cual las resolverá, incorporando la figura jurídica de ¿cuestión política¿, y los supuestos en los cuales se actualizaría. 1. Iniciativa presentada por el Sen. César Camacho Quiroz (PRI) el 12 de mayo de 2004. (LIX)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Senadores el 2 de diciembre de 2004.

3. Dictamen a Discusión aprobado por 80 votos en favor, en la Cámara de Senadores, el 7 de diciembre de 2004.

4. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Dictamen a Discusión aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 396 votos en favor, 1 en contra y 4 abstenciones, en la Cámara de Diputados, el 8 de febrero de 2007.

6. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 2007.
2   Ley para la Reforma del Estado.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Reforma del Estado


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Marzo-2007
Gaceta Cámara de Senadores:
--
- Gobernación
- Reforma del Estado
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
20-Marzo-2007

Aprobación en el Senado:
29-Marzo-2007

Publicación en el DOF:
13-Abril-2007
Modificar la minuta enviada a efecto de incluir a la Comisión Especial para la Reforma del Estado de la Cámara de Diputados dentro de la Comisión Ejecutiva, y la participación de la representación del Poder Judicial, en lo que respecta al tema de la reforma del Poder Judicial.

Establecer que la presidencia de la Comisión Ejecutiva recaerá únicamente en los presidentes de cada una de las Cámaras, por periodos de 6 meses, y que los presidentes de las comisiones de la Reforma del Estado de ambas Cámaras fungirán como vicepresidentes.

Establecer que la participación de los representantes del Ejecutivo Federal y de las presidencias de los partidos políticos nacionales sea potestativa, únicamente con derecho a voz, y que pueda designarse a quienes los suplirán en sus ausencias.

Establecer que se invierte el orden de las subcomisiones con las que contará la Comisión Ejecutiva, y se modifican las atribuciones de la de Consulta Pública.

Establecer que se modifica el proceso de negociación y construcción de los acuerdos para la Reforma del Estado.

Establecer que los gastos derivados de la aplicación de la presente Ley correrán a cargo del Presupuesto de Egresos del ejercicio 2007, asignado a las cámaras del Congreso de la Unión.
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI) el 14 de noviembre de 2006.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de febrero de 2007, aprobado por 117 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 15 de febrero de 2007.

5. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Diputados el 15 de Marzo de 2007.

6. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados, en votación nominal, por 393 votos en pro, 2 en contra y 18 abstenciones, en la Cámara de Diputados, el 20 de marzo de 2007.

7. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de marzo de 2007, y turnada a las Comisiones Unidas de Reforma del Estado, y de Estudios Legislativos Primera.

9. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 29 de marzo de 2007 por 105 votos.

10. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 13 de abril de 2007.
3   Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Social (IMSSS, ISSSTE, ISFAM y Similares)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Marzo-2007
Gaceta Cámara de Senadores:
--
- Hacienda y Crédito Público
- Seguridad Social

Fecha de dictamen:
22-Marzo-2007

Aprobación en el Senado:
27-Marzo-2007

Publicación en el DOF:
31-Marzo-2007
Modifica la iniciativa en el sentido de:

Eliminar el término "empresa" de los entes que podrían suscribir convenios con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Precisar que en caso de que el trabajador se ubique en el supuesto previsto para ser beneficiario del seguro de riesgos del trabajo e invalidez y no reúna los requisitos correspondientes, recibirá la Pensión Garantizada prevista en dicha ley.

Aumentar la composición de la Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE de 15 a 18, así como el de la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda.

Establecer que el informe que presente el ISSSTE deberá ser dictaminado por auditor externo, así como los elementos que deberá contener.
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Diputados por el Dip. Samuel Aguilar Solís (PRI) el 15 de marzo de 2007.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Diputados el 20 de marzo de 2007.

3. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados, en votación nominal, por 313 votos en pro, 146 en contra y 2 abstenciones, en la Cámara de Diputados, el 22 de marzo de 2007.

4. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 23 de marzo de 2007, y turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público.

6. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 86 votos en favor, 32 en contra y 0 abstenciones, en la Cámara de Senadores, el 27 de marzo de 2007.

7. Votación en lo particular de los artículos reservados, pospuesta para la sesión del 28 de marzo de 2007. Artículos reservados aprobados en sus términos por 73 votos en favor, 28 en contra y 0 abstenciones.

8. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 31 de marzo de 2007.
4   Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Marzo-2007
Gaceta Cámara de Senadores:
--
- Justicia

Fecha de dictamen:
28-Marzo-2007

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2007

Publicación en el DOF:
6-Diciembre-2007
Aprueba en lo general las propuestas del Senado de la República, sin embargo, propone eliminar lo relativo a la autonomía presupuestaria del Tribunal y a la constitución del fondo para el pago de retiro único a los magistrados del Tribunal, y facultarlo para conocer de los juicios en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos. 1. Iniciativa presentada por el Sen. Jorge Zermeño Infante (PAN), a nombre de los Sens. Fauzi Hamdán Amad (PAN), Orlando Paredes Lara (PRI), Héctor Michel Camarena (PRI), Héctor Larios Córdova (PAN), Juan José Rodríguez Prats (PAN), Demetrio Sodi de la Tijera (SP) y Gildardo Gómez Verónica (PAN) el 9 de Febrero de 2005. (LIX)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 18 de abril de 2006, aprobado con 78 votos en favor. (LIX)

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 19 de abril de 2006. (LIX)

5. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 362 votos en favor, 2 en contra y 1 abstención, en la Cámara de Diputados, el 28 de marzo de 2007.

6. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2007 en lo general y en lo particular, por 85 votos en favor.

8. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de diciembre de 2007.
5   Decreto que expide la Ley de los Impuestos generales de Importación y de Exportación


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Abril-2007
Gaceta Cámara de Senadores:
--
- Economía

Fecha de dictamen:
19-Abril-2007

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2007

Publicación en el DOF:
18-Junio-2007
Adicionar un artículo transitorio, que quedaría como segundo, para establecer la distribución que durante el año 2007 tendrán los cupos libres de arancel de la fracción correspondiente a las importaciones de leche, de conformidad con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 22 de abril de 2005, en el que se asignarán, durante el año 2007, 5 mil toneladas directamente a LICONSA S.A. de C.V., y las 39 mil 200 restantes a la industria.

De igual manera, establecer que las fracciones arancelarias correspondientes al Tratado de Libre Comercio de América del Norte y la Organización Mundial de Comercio se asignarán directamente 50% a LICONSA, S.A. de C.V., para su Programa de Abasto Social de Leche, y el restante 50% de manera directa a la industria del sector privado, a través de la Secretaría de Economía, durante los primeros 60 días de cada semestre del año.

Asimismo, prever que el precio de compra de la leche no podrá ser superior al precio en que LICONSA vende dicho producto en el programa antes citado.
1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 29 de marzo de 2007.

2. Dictamen a Discusión aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 254 votos en favor, 97 en contra y 3 abstenciones, en la Cámara de Diputados, el 19 de abril de 2007.

3. Minuta turnada a la Cámara de Senadores, para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2007, y turnada a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial, y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 81 votos en favor, en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2007.

6. Artículos reservados aprobados en términos del dictamen, por 86 votos en favor.

7. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007.
6   Decreto que expide la Ley Federal de Sanidad Animal.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Abril-2007
Gaceta Cámara de Senadores:
--
- Agricultura y Ganadería

Fecha de dictamen:
19-Abril-2007

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2007

Publicación en el DOF:
25-Julio-2007
Modificar la minuta en el sentido de:

Circunscribir la titularidad de la SAGARPA a las buenas prácticas pecuarias (antes consideradas como Medidas de reducción de riesgos de contaminación) y a los riesgos zoosanitarios, de conformidad con el ámbito de competencia de esa entidad.

Aclarar con precisión que los peligros a los que se tiene que dirigir la SAGARPA son aquellos que afectan la integridad de los bienes, ya que corresponden a la Secretaría de Salud la regulación y el control de aquellos que afectan la salud humana.

Sustituir el término "salud humana" por "los consumidores".
1. Iniciativa presentada por el Congreso del Estado de Jalisco el 5 de octubre de 2004.

2. Iniciativa presentada por el Congreso del Estado de Querétaro el 19 de abril de 2005.

3. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Adalberto Arturo Madero Quiroga (PAN) el 24 de noviembre de 2005. (LIX)

4. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2006. (LIX)

5. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2006. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos en pro.

6. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 5 de septiembre de 2006. (LX)

8. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda, aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 274 votos en pro, 109 en contra y 2 abstenciones, en la Cámara de Diputados, el 19 de abril de 2007.

9. Dictamen devuelto a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2007, y turnada a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Estudios Legislativos.

11. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2007 en lo general y en lo particular por 82 votos en favor.

12. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de julio de 2007.
7   Decreto por el que se expide la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
19-Abril-2007
Gaceta Cámara de Senadores:
--
- Agricultura y Ganadería
- Economía

Fecha de dictamen:
19-Abril-2007

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2007

Publicación en el DOF:
15-Junio-2007
Establecer que las disposiciones de la minuta enviada, respecto de los recursos fitogenéticos, pasen a ser parte de otra iniciativa específica.

Establecer las facultades y funciones de la SAGARPA en materia de producción, certificación y comercio de semillas, incluyendo las que se habían dispuesto para la Promotora Nacional de Semillas Mexicanas (PRONASEME), y adjudicarle otras disposiciones al Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas. Con lo anterior, se elimina lo relativo al PRONASEME que se proponía crear.

Precisar el objeto, la naturaleza y las finalidades del Sistema Nacional de Semillas y del Fondo de Apoyos e Incentivos que se crean.
1. Iniciativa presentada por el Dip. Julián Nazar Morales (PRI) el 30 de noviembre de 2004.

2. Iniciativa presentada por el Dip. Víctor Suárez Carrera (PRD) el 9 de diciembre de 2004.

3. Dictamen a Discusión aprobado por 345 votos en pro, 5 en contra y 8 abstenciones, en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2005.

4. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 20 de abril de 2006, y aprobado por 78 votos en pro y 1 en contra.

6. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de abril de 2006.(LIX)

8. Dictamen de Primera Lectura presentado en la Cámara de Diputados el 19 de abril de 2007, en votación económica se le dispensó la Segunda Lectura.

9. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 295 votos en favor, 108 en contra y 3 abstenciones, en la Cámara de Diputados, el 19 de abril de 2007.

10. Dictamen devuelto a la Cámara de Senadores, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

11. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2007, y turnada a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; y de Estudios Legislativos Primera.

12. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular por 60 votos en favor, 20 en contra y 1 abstención, en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2007.

13. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

14. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2007.
8   Decreto que expide la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas; reforma y adiciona la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y el Código Federal de Procedimientos Penales; y reforma, adiciona y deroga el Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Abril-2007
Gaceta Cámara de Senadores:
--
- Justicia

Fecha de dictamen:
26-Abril-2007

Aprobación en el Senado:
2-Octubre-2007

Publicación en el DOF:
27-Noviembre-2007
Adicionar y modificar la minuta recibida, conforme a lo siguiente:

Incorporar la trata de personas al catálogo de delitos de la delincuencia organizada y al de delitos graves, limitando el derecho de libertad bajo caución.

Establecer que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal así como la Procuraduría General de la República, en el ámbito de sus atribuciones, deberán llevar a cabo programas permanentes y establecerán procedimientos para prevenir y combatir la trata de personas.

Redefinir el tipo penal de trata de personas.

Reestructurar la coordinación interinstitucional estableciendo una Comisión Intersecretarial en la que se incluyan como miembros a los titulares de la Secretaría de Educación Pública y de Turismo.
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Sens. Enrique Jackson Ramírez (PRI), Ramón Mota Sánchez (PRI) y Sadot Sánchez Carreño (PRI) el 9 de diciembre de 2004.(LIX)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 15 de diciembre de 2005. Proyecto de decreto aprobado por 95 votos en favor.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 1 de febrero de 2006. (LIX)

5. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 396 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención, en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2007.

6. Dictamen devuelto a la Cámara de Senadores para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 4 de septiembre de 2007, y turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, Derechos Humanos y Estudios Legislativos Segunda.

8. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 2 de octubre de 2007, por 97 votos en favor.

9. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2007.
9   Decreto que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2007
- Agricultura y Ganadería

Fecha de dictamen:
26-Abril-2007

Publicación en el DOF:
1-Febrero-2008
Modificar la minuta recibida conforme a lo siguiente:

Incluir el apoyo al campo y que el derecho al medio ambiente quede garantizado a partir del uso de biocombustibles.

Eliminar, del Título Tercero, el Capítulo Segundo Instrumentos Económicos, Estímulos y Apoyos Financieros a la Producción de Bioenergéticos.

Precisar los alcances en la definición de bioenergéticos a la que se le vincula e integra el concepto de biocombustibles.

Precisar la participación del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, así como la definición de biodiesel y la de etanol anhidro que se complementan con la definición de oxigenantes sustentados en etanol, especificando los proyectos de inversión correspondientes.

Incluir a la Secretaría de Energía en el proceso de expedición de normatividad.
1. Iniciativa presentada por el Dip. Cruz López Aguilar (PRI) el 8 de diciembre de 2005. (LIX)

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados presentado el 7 de febrero de 2006. Proyecto de decreto aprobado por 346 votos en pro.

3. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 9 de febrero de 2006, y turnada a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; de Energía; de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos. (LIX)

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores presentado el 27 de abril de 2006. Proyecto de decreto aprobado por 70 votos en pro.

6. Dictamen devuelto a la Cámara de Diputados, para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

7. Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 5 de septiembre de 2006. (LX)

8. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados, en votación nominal, por 243 votos en favor, 128 en contra y 7 abstenciones en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2007.

9. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Observaciones al decreto remitidas por el Ejecutivo Federal, el 3 de septiembre de 2007, a la Cámara de Origen (Cámara de Diputados).

11. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 354 votos, 37 en contra y 10 abstenciones, en la Cámara de Diputados, el 30 de octubre de 2007.

12. Minuta turnada a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

13. Minuta recibida en la Cámara de Senadores, y turnada a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; de Energía; de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos.

14. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2007, por votos en favor.

15. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

16. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de 2008.
10   Decreto por el que se abroga la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2004; se expide la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2007
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
26-Abril-2007

Publicación en el DOF:
15-Junio-2007
Aprueba en sus términos la minuta enviada por el Senado, en el sentido de:

Incorporar dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros tanto a entidades financieras como entidades comerciales que otorguen crédito.

Establecer la obligación de las instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto limitado y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, de registrar ante el Banco de México y respecto de las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, las comisiones que cobran las entidades mencionadas, y de expresar de forma detallada las tasas de interés ordinaria y moratoria en términos anuales que cobren a sus clientes, en estados de cuenta, contratos de adhesión y cualquier otro relacionados con los servicios y productos que les proporciona.
1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Ricardo García Cervantes (PAN) el 20 de diciembre de 2006.

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Fernando Castro Trenti (PRI) el 27 de febrero de 2007.

3. Iniciativa presentada en el Senado por los Senadores Rubén Camarillo Ortega (PAN), Juan Buen Torio (PAN) y Eugenio Guadalupe Govea Arcos (PAN) el 1 de marzo de 2007.

4. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM) el 20 de febrero de 2007.

5. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 22 de febrero de 2007.

6. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2007, aprobado por 85 votos en pro.

7. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de abril de 2007. (LX)

Iniciativas presentadas en la Cámara de Diputados y consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Raúl Cervantes Andrade (PRI), el 17 de octubre de 2006.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Mario Mendoza Cortés (PRI), el 6 de febrero de 2007.

c) Iniciativa presentada por el Dip. Alejandro Sánchez Camacho (PRD), el 1 de marzo de 2007.

d) Iiniciativa presentada por la Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) el 27 de julio de 2005. (LIX)

9. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 302 votos en favor, 0 en contra y 0 abstenciones en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2007.

10. Dictamen turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2007.
11   Decreto por el que se expide la Ley Federal de Justicia para Adolescentes y se reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y la Ley Federal de Defensoría Pública.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
26-Abril-2007
- Gobernación
- Justicia

Fecha de dictamen:
26-Abril-2007

Establecer:

- Que la aplicación de la Ley será para quienes teniendo una edad de entre 12 años cumplidos y menos de 18 se les atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales.

- Que se extenderá a los adultos jóvenes, así como que los menores de 12 años no serán sujetos de ningún tipo de sanción.

Garantizar los derechos fundamentales y específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos a los adolescentes.

Implementar la conciliación cuando se compruebe fehacientemente que las partes están en condiciones de igualdad; y la suspensión del proceso a prueba, que podrá solicitarse cuando la conducta realizada amerite privación de libertad.

Prever medidas de orientación y tratamiento, como el apercibimiento, la libertad asistida, la prestación de servicios a la comunidad; la reparación del daño, la limitación o prohibición de residencia, la prohibición de relacionarse con determinadas personas, de asistir a determinados lugares, o de conducir vehículos motorizados; la obligación de recibir formación educativa, técnica, orientación o asesoramiento, la obligación de obtener un trabajo o de abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes
1. Iniciativas presentadas en la Cámara de Senadores:

a) Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en la Cámara de Senadores el 1 de abril de 2004. (LIX)

b) Iniciativa presentada por el Sen. César Camacho Quiroz (PRI) el 22 de septiembre de 2005. (LIX)

c) Iniciativa presentada por el Sen. David Jiménez González (PRI) el 25 de enero de 2006. (LIX)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2006, y aprobado por 87 votos.

3. Minuta turnada a la Cámara de Diputados para efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2006. (LIX)

5. Iniciativa presentada en la Cámara de Diputados y considerada en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Adriana González Furlong (PAN) el 11 de enero de 2006. (LIX)

6. Dictamen aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 281 votos en favor, 23 en contra y 10 abstenciones en la Cámara de Diputados, el 26 de abril de 2007.

7. Dictamen devuelto a la Cámara de Senadores para efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 4 de septiembre de 2007, y turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, de Gobernación, y de Estudios Legislativos.